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Actualizado: abril 2026 · Por estudio LBA — Arquitectos colegiados COAM

Licencia de primera ocupación en Madrid: guía completa 2026

La primera ocupación y funcionamiento es el control final con el que se declara o comprueba que una actuación terminada se ajusta al título y a la documentación técnica. En Madrid capital puede tramitarse mediante licencia o Declaración Responsable, según el supuesto. Suministros, Registro, Catastro y empadronamiento tienen además sus propios requisitos.

1. ¿Cuándo se necesita?

  • Obra nueva: viviendas, edificios, naves.
  • Rehabilitación integral con afección estructural.
  • Cambio de uso a vivienda (por ejemplo, local a vivienda).
  • Ampliaciones que creen nuevas unidades habitables.

La OLDRUAM regula tanto la licencia como la Declaración Responsable de primera ocupación y funcionamiento. Hay que identificar cuál corresponde a la actuación original y al modo en que se tramitó.

2. Documentación necesaria

  • Certificado final de obra y visado, cuando sean exigibles según la actuación.
  • Licencia urbanística previamente concedida (o DR presentada en su caso).
  • Certificado energético del edificio finalizado.
  • Certificado de correcta gestión de residuos de construcción.
  • Boletín eléctrico (CIE).
  • Certificado de la instalación térmica (RITE) si hay calefacción/climatización.
  • Certificado de la instalación de telecomunicaciones (ICT) en edificios plurifamiliares.
  • Libro del edificio (en edificios de nueva planta).
  • Planos finales de obra (as built) si hay modificaciones respecto al proyecto inicial.

3. Proceso y plazos

  1. Finalización de la obra y emisión de los certificados exigibles por los técnicos competentes.
  2. Preparación de toda la documentación.
  3. Presentación ante el Ayuntamiento, directamente o con intervención de ECU cuando proceda.
  4. Visita de inspección (en algunos casos).
  5. Efectos o resolución: dependen de si se trata de DR o licencia y del estado completo de la documentación; no deben darse por obtenidos por el mero transcurso de un plazo.

4. ¿Qué pasa si no se obtiene?

  • Las compañías de suministro pueden exigir el título y certificados de instalaciones para el alta definitiva.
  • Empadronamiento, escritura y financiación pueden sufrir incidencias, pero cada organismo comprueba requisitos propios.
  • Registro y Catastro no quedan actualizados automáticamente por presentar este título.
  • El IBI empezará a aplicarse desde el momento en que la obra esté terminada, aunque no se tenga la licencia.

5. Precio

Tasa municipal (TPSU) de primera ocupación100 - 400€ según tipo
Certificado final de obra (honorarios arquitecto)Incluido en la dirección de obra
Certificado energético del edificio terminado150 - 400€
Gestión y tramitación (si la hace un tercero)200 - 600€
Total450 - 1.400€

6. Primera ocupación en cambios de uso

Tras un cambio de uso debe completarse el título final de primera ocupación o funcionamiento que corresponda. Después se coordinan, como trámites distintos, suministros, escritura, Registro de la Propiedad y Catastro.

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En estudio LBA gestionamos la licencia de primera ocupación tras finalizar tu obra, cambio de uso o rehabilitación. Recopilamos toda la documentación y presentamos el expediente en el Ayuntamiento.

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Sobre la autora

Lucía López — Arquitecta colegiada COAM

Socia fundadora de estudio LBA, especializada en licencias de apertura, cambios de uso y todo tipo de proyectos de arquitectura en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por el equipo de estudio LBA — arquitectos colegiados COAM. Actualizado en abril de 2026.

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