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Actualizado: mayo 2026 · Por estudio LBA — Arquitectos colegiados COAM

Proyecto técnico de arquitectura: qué es, qué incluye y cuánto cuesta en 2026

📋 Resumen rápido

  • Qué es: documento que define y justifica una actuación cuando la normativa exige proyecto.
  • Para qué sirve: acreditar los requisitos técnicos y servir de base para ejecutar y controlar la actuación.
  • Quién lo firma: el técnico competente según la LOE, la normativa sectorial y el alcance concreto.
  • Qué contiene: memoria, planos, mediciones, presupuesto, estudios complementarios y justificación del CTE (DB-SI, DB-SUA, DB-HS, DB-HE, DB-HR, DB-SE).
  • Cuánto cuesta en Madrid 2026: desde 790€+IVA (licencia apertura inocua), 1.690€+IVA (calificada), 2.050€+IVA (cambio de uso), 4.000€+IVA (obra nueva).
  • Plazo de redacción: se estima después de revisar inmueble, alcance y documentación disponible.
  • Visado colegial: obligatorio solo en los supuestos del Real Decreto 1000/2010; no equivale a aprobación municipal.

Un proyecto técnico describe y justifica una obra o actividad con el detalle exigido por la normativa. No todos los expedientes requieren un proyecto completo: según el caso puede bastar una memoria, un certificado o documentación simplificada. La primera comprobación es, por tanto, qué documento exige la actuación y quién es competente para firmarlo.

¿Cuál es el objetivo de un proyecto técnico?

El proyecto técnico cumple tres funciones simultáneas:

  1. Función administrativa: cuando es exigible, acredita cómo se cumplen los requisitos que debe controlar la Administración.
  2. Función contractual: define con precisión qué se construye, con qué materiales y a qué precio. El constructor se obliga a ejecutar lo que dice el proyecto; cualquier desviación es objeto de revisión.
  3. Función de garantía: el arquitecto firma asumiendo responsabilidad civil profesional. Si el proyecto está mal redactado, el técnico responde con su seguro y patrimonio.

¿Qué contiene un proyecto técnico?

1. Memoria descriptiva

  • Datos del promotor y del emplazamiento.
  • Descripción del estado actual (si es una reforma).
  • Descripción de la intervención propuesta: qué se va a hacer, cómo y con qué materiales.
  • Programa de necesidades y superficies útiles, construidas y computables.
  • Compatibilidad con el régimen urbanístico (calificación, ordenanza, uso permitido).

2. Memoria constructiva

  • Sistema constructivo: cimentación, estructura, cerramientos, cubierta, particiones, carpintería, acabados.
  • Instalaciones: fontanería, saneamiento, electricidad (RBT), climatización (RITE), ventilación, telecomunicaciones (ICT), protección contra incendios.
  • Especificaciones técnicas de los materiales y componentes (marcas comerciales orientativas, referencias normativas).

3. Memoria justificativa del CTE

Justifica el cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006 y actualizaciones), que es la normativa nacional que regula cómo se construye en España:

  • DB-SI: Seguridad en caso de incendio (sectorización, evacuación, resistencia al fuego, instalaciones de protección).
  • DB-SUA: Seguridad de utilización y accesibilidad (caídas, impactos, accesibilidad universal).
  • DB-HS: Salubridad (ventilación, humedades, suministro de agua, evacuación de aguas residuales).
  • DB-HR: Protección frente al ruido (aislamiento acústico, instalaciones).
  • DB-HE: Ahorro de energía (envolvente térmica, eficiencia, energías renovables).
  • DB-SE: Seguridad estructural (si hay intervención estructural).

4. Planos

  • Plano de situación y emplazamiento: localización en el callejero, parcela catastral, accesos.
  • Planos del estado actual: planta, secciones, alzados (en reformas).
  • Planos del estado reformado: planta, secciones, alzados con la intervención.
  • Planos de instalaciones: fontanería, electricidad, evacuación, climatización, ventilación.
  • Planos de protección contra incendios: recorridos de evacuación, extintores, señalización, sectorización, materiales de revestimiento.
  • Planos de accesibilidad: itinerarios accesibles, aseo adaptado, pasillos y ancho de puertas.
  • Planos de detalles constructivos: encuentros singulares, secciones tipo, carpinterías.

5. Mediciones y presupuesto

Listado detallado de unidades de obra con sus mediciones y precios. Permite calcular el Presupuesto de Ejecución Material (PEM), que es la base para el cálculo del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), de la TPSU (Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos) y del importe que se paga al contratista.

6. Estudios complementarios

  • Estudio o estudio básico de seguridad y salud cuando la actuación y su proyecto lo requieran conforme al Real Decreto 1627/1997.
  • Estudio de gestión de residuos (Real Decreto 105/2008, en obras de construcción y demolición).
  • Certificado de eficiencia energética (en edificaciones nuevas o reformas importantes).
  • Memoria dosimétrica (en instalaciones de rayos X y similar).
  • Estudio acústico (OPCAT) en bares, restaurantes y locales con música según Ordenanza Municipal.

¿Quién puede firmar un proyecto técnico?

Debe firmarlo un técnico competente para el objeto concreto. La tabla ofrece una orientación, pero la competencia se confirma revisando el alcance, la LOE y la normativa sectorial; una misma actividad puede necesitar proyectos parciales de profesionales distintos.

Tipo de obraTécnico competenteNormativa
Obra nueva residencialArquitecto superiorLOE Art. 10
Reforma estructural de edificioArquitecto superiorLOE Art. 10
Cambio de uso a viviendaArquitecto superiorLOE Art. 10 + PGOU
Reforma sin estructura (vivienda o local)Arquitecto o arquitecto técnicoLOE Art. 13
Adecuación de localTécnico competente según obras, uso e instalacionesOLDRUAM + normativa sectorial
Actividad con instalaciones industrialesTécnico competente en la instalación correspondienteReglamentación industrial aplicable
Cubiertas y fachadas (rehabilitación)Arquitecto o arquitecto técnicoLOE Art. 13

¿Es obligatorio el visado del COAM?

El visado colegial comprueba la identidad y habilitación profesional y la corrección formal del trabajo. Es obligatorio únicamente en los supuestos tasados del Real Decreto 1000/2010, entre ellos:

  • Proyecto de ejecución de edificación residencial (incluida vivienda unifamiliar).
  • Certificado final de las obras de edificación sometidas a visado obligatorio.
  • Proyecto de demolición de edificaciones que no requiera explosivos.
  • Otros trabajos expresamente enumerados por ese real decreto.

Fuera de esos supuestos puede solicitarse voluntariamente o utilizarse otra acreditación colegial. El visado no revisa por sí solo toda la normativa urbanística y no garantiza que el Ayuntamiento admita o conceda el expediente.

¿Cuándo es obligatorio un proyecto técnico?

  • Obras de edificación incluidas en la LOE, con el contenido correspondiente a su fase.
  • Licencias o declaraciones responsables cuando la ordenanza exige expresamente proyecto técnico.
  • Instalaciones o autorizaciones sectoriales cuando su reglamento exige proyecto.
  • En otros casos se aporta una memoria, certificado o documentación técnica simplificada, no necesariamente un proyecto completo.

Proyecto básico vs proyecto de ejecución

TipoQué contienePara qué sirve
Proyecto básicoMemoria descriptiva, planos generales, presupuesto orientativo, justificación de normativaObtener la licencia urbanística
Proyecto de ejecuciónDetalles constructivos, cálculos estructurales y de instalaciones, mediciones precisas, pliegos de condicionesDefinir la ejecución en las obras para las que la normativa lo exige

En obra nueva y determinadas reformas se distinguen ambas fases. El proyecto de ejecución debe estar disponible antes del inicio cuando la normativa lo exige; otras actuaciones pueden tramitarse con una memoria o documentación técnica simplificada.

Tipos de proyecto técnico según la intervención

Tipo de proyectoCuándo se usaDocumento administrativo
Proyecto de obra nuevaConstrucción desde cero (vivienda unifamiliar, plurifamiliar, edificio comercial)Licencia urbanística de obra mayor
Proyecto de cambio de usoConversión entre usos con alcance sujeto a proyectoLicencia o DR según el supuesto; posible intervención de ECU
Proyecto de reformaIntervención en edificio existente sin cambio de usoDeclaración Responsable o licencia (según OLDRUAM)
Proyecto de adecuación de localAcondicionar un local para una actividadDR o licencia según obras, uso, impacto y protección
Proyecto de actividad o instalacionesActividades con requisitos ambientales, de incendio o industrialesVía municipal y controles sectoriales que correspondan
Proyecto de instalacionesClimatización, ventilación, contraincendios, eléctricasBoletín y registro industrial
Proyecto de demoliciónDerribo parcial o total de edificaciónLicencia urbanística específica
ITE / IEEInspección Técnica del Edificio (≥30 años)Informe técnico registrado en CM

Errores comunes en proyectos técnicos en Madrid

  1. Confundir Declaración Responsable con licencia tácita: la DR no autoriza, comunica. Si la actividad no es legalmente compatible, abrir con DR no la legaliza.
  2. Aplicar el CTE genérico sin verificar la ordenanza local: el PGOU de Madrid impone alturas mínimas, ventilación específica y requisitos de accesibilidad que pueden ser más exigentes que el CTE.
  3. Olvidar el estudio acústico OPCAT en locales tipo bar/restaurante con música. Sin él, el Ayuntamiento requiere subsanación.
  4. Mediciones imprecisas que infrapasan el PEM: declarar un PEM bajo para reducir ICIO/TPSU puede dar lugar a inspección y sanción.
  5. No incluir cálculo de protección contra incendios completo según DB-SI 4 (instalaciones de protección activa).
  6. Visado ausente cuando el trabajo esté incluido en los supuestos tasados del Real Decreto 1000/2010. La protección del inmueble puede exigir informes o autorizaciones adicionales, pero no implica por sí sola visado obligatorio.

Plazos típicos para un proyecto técnico en Madrid

FaseTiempo orientativo
Visita técnica + recopilación documental3-7 días
Redacción de proyecto (licencia apertura)2-3 semanas
Redacción de proyecto (cambio de uso)3-5 semanas
Redacción de proyecto (obra nueva)6-12 semanas
Visado COAM (cuando aplica)5-15 días
Presentación de Declaración ResponsableRegistro; solo surte efectos si está completa y es conforme
Resolución de licencia urbanísticaPlazo máximo general OLDRUAM: 3 meses desde expediente completo, salvo suspensiones
Controles sectorialesVariable según autorización, informes e inspecciones

Precios orientativos de proyectos técnicos en Madrid 2026

Tipo de proyectoPrecio desde (+IVA)
Proyecto o memoria para actividad sencilla (≤100 m²)790€
Proyecto para actividad con mayor complejidad (≤100 m²)1.690€
Proyecto para actividad con mayor complejidad (100-200 m²)1.990€
Cambio de uso de local a vivienda (≤80 m²)2.050€
Cambio de uso de local a vivienda (80-160 m²)3.050€
Reforma integral vivienda (≤100 m²) sin estructura1.500€
Reforma con estructura2.500€
Obra nueva unifamiliar (proyecto básico + ejecución)4.000-15.000€
ITE / IEE278€
Certificado energético119€

Son precios orientativos: el alcance final se detalla en cada presupuesto. La dirección de obra, el visado, las tasas, los impuestos y los proyectos parciales se incluyen solo cuando así se indique expresamente.

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📚 Fuentes oficiales y normativa

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Sobre la autora

Lucía López — Arquitecta colegiada COAM

Socia fundadora de estudio LBA, especializada en licencias de apertura, cambios de uso y todo tipo de proyectos de arquitectura en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por el equipo de estudio LBA — arquitectos colegiados COAM. Actualizado en mayo de 2026.

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