En resumen: Tener un calefactor terraza madrid permitido actualmente depende del tipo de energía. Desde el 1 de enero de 2024, la Ordenanza de Terrazas prohíbe taxativamente las estufas de gas por sus emisiones. Solo están permitidos los calefactores eléctricos homologados, siempre que la instalación cumpla el Reglamento Electrotécnico y esté contemplada en la licencia municipal.
Resolver la duda sobre qué calefactor terraza madrid permitido se puede instalar es crucial para los hosteleros que desean mantener la rentabilidad de sus veladores durante los meses de invierno. En estudio LBA, tras tramitar más de 807 licencias de apertura en la capital, constatamos que la normativa municipal ha evolucionado drásticamente para priorizar la sostenibilidad, obligando a los locales a adaptar sus instalaciones de climatización exterior de forma rigurosa.
¿Qué tipo de calefactores están permitidos en las terrazas de Madrid?
En Madrid, únicamente están permitidos los calefactores eléctricos de bajo consumo, infrarrojos o halógenos que cuenten con el marcado CE. Las tradicionales estufas de gas o parafina (conocidas como tipo "seta") están completamente prohibidas en la vía pública desde enero de 2024.
Esta restricción emana de la Ordenanza 1/2022 de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración del Ayuntamiento de Madrid, cuyo objetivo es reducir la huella de carbono y mejorar la calidad del aire. Los equipos eléctricos permitidos deben ser de calor radiante, ya que calientan los objetos y personas de forma directa sin desperdiciar energía en calentar el aire exterior. Es fundamental que estos elementos figuren expresamente en el plano de ordenación de la terraza aprobado por la Junta Municipal de Distrito correspondiente.
¿Cuáles son los requisitos técnicos para instalar calefactores eléctricos?
La instalación debe estar conectada a la red eléctrica del local mediante un circuito independiente protegido y no puede presentar cables sueltos o aéreos por la vía pública. Además, los equipos deben tener un grado de protección IP mínimo de IP44 para garantizar su seguridad frente a la lluvia y el polvo.
Para cumplir con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), la instalación exterior no puede improvisarse con alargadores. Los requisitos técnicos obligatorios incluyen:
- Línea dedicada: Un circuito eléctrico exclusivo desde el cuadro general del local, protegido con su propio interruptor magnetotérmico y diferencial de alta sensibilidad (30 mA).
- Cableado soterrado o guiado: Si la terraza está separada de la fachada, el cableado debe ir canalizado bajo el pavimento (requiere obra) o integrado en estructuras autorizadas (como parasoles homologados).
- Certificación: Emisión de un Boletín Eléctrico (CIE) por parte de un instalador autorizado que certifique la ampliación de la instalación.
- Ubicación segura: Respetar las distancias mínimas de seguridad respecto a toldos, sombrillas y material combustible indicadas por el fabricante y el CTE DB-SI.
¿Qué alternativas existen para aclimatar una terraza en invierno?
Si no es viable instalar calefactores eléctricos, las alternativas legales incluyen la instalación de paramentos laterales cortavientos, cerramientos ligeros autorizados y la provisión de mantas individuales de material ignífugo para los clientes.
La normativa madrileña permite instalar elementos separadores móviles que protejan del viento, siempre que no superen la altura máxima permitida (generalmente 1,40m o hasta 1,80m si la parte superior es transparente). Es importante recordar que si una terraza se cierra por más de tres de sus lados (incluyendo el techo), a efectos de la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo, se considera un espacio cerrado donde está prohibido fumar, y requerirá cumplir con la Ordenanza 4/2021 de Calidad del Aire respecto a la ventilación.
¿Cuánto cuesta adecuar una terraza con calefacción legal?
La inversión total para legalizar e instalar calefacción eléctrica en una terraza oscila entre los 800€ y los 3.500€, dependiendo de los metros cuadrados del velador y de si es necesario reformar el cuadro eléctrico principal del local.
A diferencia de las antiguas estufas de gas que solo requerían la compra del equipo y la bombona, el sistema eléctrico exige una intervención técnica. A continuación, detallamos una estimación de los costes actualizados:
| Concepto de adecuación | Rango de precios estimado (+IVA) | Observaciones |
|---|---|---|
| Calefactores infrarrojos / halógenos | 250€ - 500€ / unidad | Depende de la potencia (1.500W - 2.000W) y protección IP. |
| Instalación eléctrica y canalización | 600€ - 1.800€ | Incluye cableado, protecciones en cuadro y mano de obra. |
| Boletín Eléctrico (CIE) | 150€ - 300€ | Obligatorio para legalizar la nueva línea exterior. |
| Modificación de licencia / Proyecto | 400€ - 900€ | Honorarios técnicos para actualizar los planos en el Ayuntamiento. |
¿Qué riesgos y multas hay por usar estufas de gas en Madrid?
Mantener estufas de gas o instalaciones eléctricas no homologadas supone una infracción grave que conlleva multas municipales de entre 750€ y 3.000€, además de la retirada inmediata de los equipos y la posible suspensión temporal de la licencia de terraza.
"El incumplimiento de las condiciones de la autorización municipal, incluyendo la instalación de elementos productores de calor no permitidos, faculta al Ayuntamiento para revocar la licencia de terraza de forma cautelar."
El Ayuntamiento de Madrid realiza campañas de inspección exhaustivas, especialmente entre noviembre y febrero. Además del riesgo de sanción económica, el uso de estufas de gas no revisadas implica un grave riesgo de incendio o intoxicación por monóxido de carbono, lo que podría derivar en responsabilidades penales y la anulación de la cobertura del seguro de responsabilidad civil del local en caso de siniestro.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en autorizar la modificación de una terraza?
Si necesitas modificar tu licencia actual para incluir nuevos calefactores fijos o canalizaciones, el plazo de resolución del Ayuntamiento de Madrid suele oscilar entre 2 y 4 meses desde la presentación de la solicitud.
Para agilizar este trámite, es altamente recomendable tramitarlo a través de una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) o apoyarse en profesionales expertos. Si la instalación de los calefactores eléctricos no requiere obra (por ejemplo, van anclados a sombrillas que ya estaban autorizadas) y la línea eléctrica ya existía de forma legal, el trámite puede reducirse a una simple actualización planimétrica. Si tienes dudas sobre tu caso particular, puedes encargarlo a un arquitecto colegiado y solicita un estudio de viabilidad gratuito para conocer los plazos exactos de tu distrito.
¿Cómo legalizar la calefacción de tu terraza paso a paso?
El proceso requiere redactar un anexo al proyecto técnico original, abonar las tasas municipales correspondientes y presentar la solicitud de modificación de la autorización de terraza ante la Junta Municipal de Distrito.
En estudio LBA seguimos un protocolo estricto para asegurar que nuestros clientes no sufran paralizaciones en su actividad. Los pasos son los siguientes:
- Estudio previo: Verificamos si la potencia eléctrica contratada y el cuadro general del local soportan la carga adicional de los calefactores (habitualmente entre 3.000W y 6.000W extra).
- Redacción de documentación: Elaboramos los nuevos planos de planta y sección de la terraza, acotando la ubicación exacta de los emisores térmicos y justificando el cumplimiento del CTE y la Ordenanza 1/2022.
- Ejecución e instalación: Un instalador autorizado realiza el tendido eléctrico y emite el certificado correspondiente.
- Presentación en el Ayuntamiento: Registramos la modificación de la autorización de terraza aportando la memoria técnica, los planos actualizados y el certificado eléctrico.
Preguntas Frecuentes sobre terrazas y calefacción en Madrid
A continuación, respondemos a las dudas más habituales que nos plantean los hosteleros madrileños respecto a la climatización de sus espacios exteriores.
¿Puedo usar estufas de pellets en la terraza de mi bar?
No. Al igual que las de gas, las estufas de pellets o leña generan emisiones de combustión in situ. La Ordenanza de Terrazas de Madrid prohíbe cualquier sistema de calefacción que emita gases de efecto invernadero o partículas en la vía pública, limitando las opciones exclusivamente a sistemas eléctricos de cero emisiones locales.
¿Es necesario pedir permiso para poner mantas en las sillas?
No, la provisión de mantas o textiles de abrigo para los clientes no requiere autorización municipal, ya que no son elementos fijos ni estructurales. Sin embargo, por seguridad frente a incendios (CTE DB-SI), es muy recomendable que estos textiles cuenten con tratamiento ignífugo.
¿Qué potencia eléctrica máxima puedo instalar en la terraza?
La normativa municipal no fija un límite de potencia en vatios para la terraza, pero sí exige que la potencia total no supere la capacidad máxima autorizada en el Boletín Eléctrico del local. Si los calefactores exceden esta capacidad, deberás solicitar una ampliación de potencia a la distribuidora y actualizar la instalación interior.
¿Puedo poner un calefactor si mi terraza está en banda de aparcamiento?
Sí, pero con restricciones severas. Las terrazas en banda de aparcamiento tienen normativas específicas de accesibilidad y seguridad vial. El cableado eléctrico no puede cruzar la acera por el suelo ni por el aire de forma precaria; debe existir una canalización subterránea autorizada o utilizar sistemas autónomos (baterías), aunque estos últimos son muy poco eficientes para calefacción.
¿Si traspaso un local con estufas de gas, puedo seguir usándolas?
Bajo ningún concepto. La prohibición de estufas de gas entró en vigor de forma general el 1 de enero de 2024 para todos los locales de Madrid, independientemente de cuándo se obtuvo la licencia original. El nuevo titular será responsable directo si hay una inspección.
¿Puedo anclar los calefactores a la fachada del edificio?
Depende. Si el local ocupa la planta baja y la fachada pertenece a la comunidad de propietarios, necesitarás el permiso por escrito de la comunidad (Ley de Propiedad Horizontal). Además, la instalación no puede volar sobre la acera a una altura inferior a 2,20 metros para garantizar el tránsito peatonal seguro y cumplir con la normativa de accesibilidad.
Este artículo tiene carácter informativo. Para tramitar tu licencia o proyecto consulta con un arquitecto colegiado COAM.
¿Necesitas tramitarlo en Madrid?
Solicita tu licencia de apertura con un arquitecto colegiado COAM, estudio de viabilidad gratuito en 24 horas y precio cerrado.