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Itinerario Peatonal Accesible (IPA): cuánto espacio debe quedar libre

cafe terrace sidewalk
📌 En resumen: Descubre cuánto espacio libre debes dejar en la acera para cumplir con el Itinerario Peatonal Accesible (IPA) al montar tu terraza en Madrid. Conoce la normativa, medidas exactas y posibles multas.

En resumen: Para instalar una terraza exterior, el itinerario peatonal accesible terraza debe garantizar un ancho libre de paso de al menos 1,80 metros continuos y una altura libre de 2,20 metros. Este espacio asegura el tránsito seguro de personas con movilidad reducida y es un requisito estricto en la normativa municipal.

Abrir un negocio de hostelería o ampliar su aforo al exterior requiere cumplir normativas estrictas de accesibilidad universal. Al plantear el diseño exterior, el itinerario peatonal accesible terraza es el factor más crítico que determinará si el Ayuntamiento concede o deniega el permiso. En Madrid, la convivencia entre el uso del espacio público para el ocio y el derecho al libre tránsito de los peatones está fuertemente regulada, y los técnicos municipales son inflexibles con las medidas mínimas exigidas.

¿Qué es el itinerario peatonal accesible en una terraza?

El Itinerario Peatonal Accesible (IPA) es la franja de la vía pública libre de cualquier obstáculo, mobiliario o desnivel que garantiza el paso continuo, seguro y autónomo de todas las personas, especialmente aquellas con movilidad reducida. En el contexto de la hostelería, es el espacio de acera que debe quedar completamente despejado entre la fachada del local (o el bordillo) y la zona ocupada por mesas y sillas.

Este concepto está regulado a nivel estatal por el Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA) y por la normativa autonómica y local. Su objetivo no es solo permitir el paso de una silla de ruedas, sino también el cruce de dos personas en direcciones opuestas, el tránsito de carritos de bebé o el desplazamiento seguro de personas con discapacidad visual que utilizan bastón.

Para delimitar este itinerario, los técnicos de la administración evalúan el plano de implantación de la terraza. Cualquier elemento asociado a la actividad (estufas, sombrillas, jardineras, pizarras o mamparas) que invada esta franja imaginaria supondrá la paralización del expediente o la denegación directa de la licencia.

Madrid street cafe terrace with clear pedestrian path on wide sidewalk
Madrid street cafe terrace with clear pedestrian path on wide sidewalk

¿Cuánto espacio libre debe quedar para el itinerario peatonal en Madrid?

La normativa exige dejar un mínimo de 1,80 metros de ancho libre de paso continuo y una altura libre de obstáculos de 2,20 metros en todo el recorrido. Además, este espacio debe trazarse preferentemente pegado a la línea de fachada para facilitar la orientación de las personas invidentes.

En el caso específico de Madrid, la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración establece criterios muy precisos en función del ancho total de la acera. No todas las calles son aptas para instalar veladores, ya que el derecho al tránsito peatonal siempre prevalece sobre la explotación comercial del espacio público.

Ancho total de la acera Viabilidad de la terraza Espacio libre obligatorio (IPA)
Menos de 2,50 metros No autorizable -
Entre 2,50 y 3,00 metros Autorizable en casos excepcionales (mesas altas sin sillas) 1,80 metros
Más de 3,00 metros Autorizable (formato estándar) 1,80 metros
Calles peatonales o plazas Autorizable con estudio específico 1,80 metros (o superior según flujo peatonal)

Es importante destacar que el ancho de 1,80 metros se mide desde la alineación de la fachada hasta el límite más exterior de la terraza, incluyendo los vuelos de las sombrillas o toldos. Si la acera cuenta con alcorques, farolas, papeleras o señales de tráfico, la medición del itinerario peatonal se realiza desde el obstáculo más restrictivo, no desde el bordillo de la calzada.

¿Cuáles son los requisitos técnicos del suelo y mobiliario?

El pavimento del itinerario peatonal debe ser duro, estable, antideslizante en seco y en mojado, y no presentar resaltes superiores a 4 milímetros. El mobiliario de la terraza no puede invadir visual ni físicamente este espacio en ninguna circunstancia.

El Código Técnico de la Edificación (CTE) y las ordenanzas municipales establecen una serie de requerimientos técnicos que van más allá del simple ancho libre. Para que una terraza cumpla estrictamente con el IPA, deben verificarse las siguientes condiciones:

  • Pendientes máximas: El espacio de paso no puede tener una pendiente transversal superior al 2% ni una pendiente longitudinal superior al 6%. Si la calle original supera estos valores, se asumen como preexistentes, pero la instalación de la terraza no puede agravarlos.
  • Delimitación táctil: En aceras muy anchas donde la terraza se separa de la fachada, puede exigirse la instalación de elementos detectables con bastón a una altura máxima de 0,90 metros para advertir del obstáculo a personas con discapacidad visual.
  • Vuelos y salientes: Las sombrillas, toldos o estufas de seta deben garantizar una altura libre de paso de 2,20 metros. Ningún elemento colgante puede invadir el prisma virtual del itinerario peatonal por debajo de esa cota.
  • Estabilidad del mobiliario: Las mesas y sillas deben estar dentro del perímetro autorizado. Si el viento o el uso normal desplazan el mobiliario hacia el IPA, el titular de la licencia es el responsable directo.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda tramitar una licencia de terraza en Madrid?

Los honorarios técnicos para redactar el proyecto de terraza oscilan entre 790€ y 1.200€ (+IVA), mientras que la tramitación municipal suele demorarse entre 3 y 6 meses. A esto hay que sumar la tasa por ocupación del dominio público, que varía según la categoría fiscal de la calle.

El proceso para obtener la autorización requiere presentar documentación técnica precisa ante la Junta Municipal de Distrito correspondiente o a través de una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) al amparo de la Ordenanza 6/2022 OLDRUAM. Si necesitas ayuda profesional, puedes solicitar un estudio de viabilidad gratuito a nuestro equipo de arquitectos. Los pasos habituales son:

  1. Levantamiento topográfico de la acera: Medición exacta de anchos, pendientes y ubicación de mobiliario urbano (farolas, árboles, alcantarillas).
  2. Redacción del plano de implantación: Diseño de la distribución de mesas justificando gráficamente el cumplimiento del IPA de 1,80m.
  3. Abono de tasas municipales: Pago de la tasa por tramitación del expediente.
  4. Presentación y seguimiento: Registro de la solicitud en el Ayuntamiento de Madrid y respuesta a posibles requerimientos técnicos.
  5. Concesión y abono de ocupación: Una vez aprobada, se paga la tasa anual por ocupación del suelo público, que se calcula por metros cuadrados y categoría de la vía.

Architect measuring sidewalk width with laser meter for cafe terrace layout blueprints
Architect measuring sidewalk width with laser meter for cafe terrace layout blueprints

¿Qué riesgos y multas existen por incumplir el espacio libre?

Las sanciones por invadir el itinerario peatonal accesible se consideran infracciones graves o muy graves, con multas que varían entre 750€ y 3.000€. La reincidencia puede conllevar la revocación definitiva de la licencia de terraza.

El Ayuntamiento de Madrid realiza inspecciones periódicas, especialmente en Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE) y áreas de alta concentración hostelera. Los inspectores municipales o la Policía Municipal comprueban in situ que las mesas no exceden las líneas pintadas en el suelo o el perímetro autorizado en el plano oficial sellado.

Además de la sanción económica, el incumplimiento reiterado del IPA supone la retirada inmediata del mobiliario por parte de los servicios municipales, debiendo el titular abonar también los gastos de transporte y almacenaje en el depósito municipal. En un contexto normativo donde el dominio público está muy protegido por la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (cuyos textos consolidados pueden consultarse en el BOE), jugársela con el espacio peatonal es un riesgo inasumible para cualquier negocio.

¿Qué alternativas existen si mi acera es demasiado estrecha?

Si la acera mide menos de 2,50 metros, se puede solicitar la instalación de la terraza en bandas de aparcamiento adyacentes mediante plataformas o tarimas, siempre que la calle cumpla con los límites de velocidad y tráfico establecidos.

Tras la pandemia, el Ayuntamiento de Madrid flexibilizó temporalmente el uso de plazas de aparcamiento (zonas SER) para la hostelería. Aunque la normativa se ha endurecido de nuevo, la Ordenanza de Terrazas actual sigue contemplando esta posibilidad bajo ciertas condiciones técnicas muy estrictas. Para optar a esta alternativa, es obligatorio instalar una tarima enrasada con el nivel de la acera, garantizando la accesibilidad desde el itinerario peatonal hasta las mesas.

Otra alternativa en aceras limítrofes (entre 2,50m y 2,80m) es la instalación exclusiva de mesas altas con taburetes adosadas a la fachada, que ocupan una franja mucho menor (aproximadamente 0,50m), permitiendo salvar el IPA de 1,80m exigido por la normativa.

Preguntas frecuentes sobre el IPA y licencias de hostelería

¿Puedo poner una rampa en la acera para salvar un escalón de mi local?

No sin autorización expresa. Cualquier rampa que invada la vía pública requiere un permiso especial del Ayuntamiento y nunca puede reducir el itinerario peatonal accesible por debajo de los 1,80 metros libres de paso en el resto de la acera.

¿Los toldos anclados a fachada afectan al itinerario peatonal?

Sí, en su altura. El toldo desplegado debe garantizar una altura libre de paso de 2,20 metros en su punto más bajo, incluyendo el faldón. Los brazos extensibles no pueden suponer un riesgo de impacto para los viandantes.

¿Qué pasa si hay un árbol justo delante de mi fachada?

El ancho libre de 1,80 metros se mide desde la fachada hasta el borde del alcorque del árbol. Si la distancia entre la fachada y el alcorque es inferior a 1,80 metros, el itinerario peatonal debe trazarse por el otro lado del árbol, siempre que haya espacio suficiente hasta el bordillo.

¿Puedo delimitar mi terraza con jardineras o mamparas?

Sí, pero estos elementos delimitadores se consideran parte de la ocupación de la terraza. Por tanto, el espacio de 1,80 metros del IPA debe quedar libre por el exterior de las mamparas o jardineras, nunca contabilizando el espacio que estas ocupan.

¿Sirve el IPA para aparcar patinetes o bicicletas de clientes?

Rotundamente no. El itinerario peatonal accesible debe estar libre de cualquier obstáculo. Permitir que los clientes dejen patinetes o bicicletas en esta franja es motivo de sanción para el titular del establecimiento.

¿La licencia de terraza es para siempre?

No, las autorizaciones de terrazas en Madrid tienen vigencia anual o por periodos estacionales, y deben renovarse. Además, el Ayuntamiento puede revocarlas si cambian las condiciones de la vía pública (obras, ensanches, cambios de movilidad) o por incumplimientos reiterados.

Este artículo tiene carácter informativo. Para tramitar tu licencia o proyecto consulta con un arquitecto colegiado COAM.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto mide el itinerario peatonal accesible para una terraza?

Por normativa general y el CTE DB-SUA, el itinerario peatonal accesible debe tener un ancho libre continuo de al menos 1,80 metros y una altura libre de 2,20 metros.

¿Qué pasa si mi acera mide menos de 2,50 metros?

En la mayoría de los casos, si la acera mide menos de 2,50 metros de ancho total, el Ayuntamiento de Madrid no autorizará la instalación de una terraza convencional con mesas y sillas.

¿Desde dónde se mide el espacio libre en la acera?

El ancho de 1,80 metros se mide desde la alineación de la fachada (o el obstáculo más cercano a ella) hasta el límite exterior de la ocupación de la terraza o el mobiliario urbano más restrictivo.

¿Puedo ocupar plazas de aparcamiento si no tengo acera suficiente?

Sí, en Madrid existe la posibilidad de solicitar la instalación de la terraza en bandas de aparcamiento mediante tarimas enrasadas con la acera, siempre que la vía cumpla los requisitos técnicos de tráfico.

¿A qué multas me enfrento por no respetar el itinerario peatonal?

Invadir el itinerario peatonal accesible se considera una infracción grave, con multas que en Madrid oscilan entre 750€ y 3.000€, pudiendo llegar a la revocación de la licencia de terraza en caso de reincidencia.

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📚 Fuentes oficiales y normativa

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Sobre la autora

Lucía López — Arquitecta colegiada COAM

Socia fundadora de estudio LBA, especializada en licencias de apertura, cambios de uso y todo tipo de proyectos de arquitectura en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por Lucía López — Arquitecta colegiada COAM · estudio LBA · 11/06/2026