Actualizado: abril 2026 · Por estudio LBA — Arquitectos colegiados COAM

Licencia de primera ocupación en Madrid: guía completa 2026

La licencia de primera ocupación (LPO) es el documento que acredita que un edificio o vivienda de nueva construcción, rehabilitación integral o cambio de uso está terminado conforme al proyecto y es apto para ser habitado. Sin ella, las compañías de suministro (agua, luz, gas) no pueden dar de alta los servicios de forma definitiva.

1. ¿Cuándo se necesita?

  • Obra nueva: viviendas, edificios, naves.
  • Rehabilitación integral con afección estructural.
  • Cambio de uso a vivienda (por ejemplo, local a vivienda).
  • Ampliaciones que creen nuevas unidades habitables.

En Madrid, desde la Ordenanza 6/2022, la primera ocupación se tramita también por Declaración Responsable en la mayoría de los casos.

2. Documentación necesaria

  • Certificado final de obra (CFO) firmado por el arquitecto director de obra y visado por el COAM.
  • Licencia urbanística previamente concedida (o DR presentada en su caso).
  • Certificado energético del edificio finalizado.
  • Certificado de correcta gestión de residuos de construcción.
  • Boletín eléctrico (CIE).
  • Certificado de la instalación térmica (RITE) si hay calefacción/climatización.
  • Certificado de la instalación de telecomunicaciones (ICT) en edificios plurifamiliares.
  • Libro del edificio (en edificios de nueva planta).
  • Planos finales de obra (as built) si hay modificaciones respecto al proyecto inicial.

3. Proceso y plazos

  1. Finalización de la obra y firma del certificado final por el arquitecto.
  2. Preparación de toda la documentación.
  3. Presentación ante el Ayuntamiento (telemática o con ECU).
  4. Visita de inspección (en algunos casos).
  5. Resolución favorable: plazo máximo de 1-2 meses (con silencio positivo).

4. ¿Qué pasa si no se obtiene?

  • Las compañías de suministro no dan de alta los servicios de forma definitiva (solo temporalmente para la obra).
  • No se puede empadronar a los ocupantes.
  • No se puede escriturar la venta de la vivienda al comprador final.
  • No se puede obtener la cédula de habitabilidad (en comunidades que la exigen).
  • El IBI empezará a aplicarse desde el momento en que la obra esté terminada, aunque no se tenga la licencia.

5. Precio

Tasa municipal (TPSU) de primera ocupación100 - 400€ según tipo
Certificado final de obra (honorarios arquitecto)Incluido en la dirección de obra
Certificado energético del edificio terminado150 - 400€
Gestión y tramitación (si la hace un tercero)200 - 600€
Total450 - 1.400€

6. Primera ocupación en cambios de uso

Cuando se cambia el uso de un local a vivienda, la primera ocupación es imprescindible: es la que acredita al nuevo inmueble como "vivienda" a efectos de las compañías suministradoras, el Catastro y el Registro de la Propiedad.

¿Necesitas tramitar la primera ocupación?

En estudio LBA gestionamos la licencia de primera ocupación tras finalizar tu obra, cambio de uso o rehabilitación. Recopilamos toda la documentación y presentamos el expediente en el Ayuntamiento.

Llámanos: 621 332 339  ·  WhatsApp: Escríbenos

PB

Sobre el autor

Pablo Belmonte — Arquitecto colegiado COAM

Fundador de estudio LBA, especializado en licencias urbanísticas, cambios de uso e ITE en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por el equipo de estudio LBA — arquitectos colegiados COAM. Actualizado en abril de 2026.