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Sanciones por terraza irregular en Madrid

madrid restaurant terrace
📌 En resumen: Descubre a cuánto ascienden las multas por tener una terraza sin licencia en Madrid, los plazos de notificación y cómo regularizar tu espacio exterior con un arquitecto colegiado para evitar sanciones.

En resumen: La sancion terraza irregular madrid oscila entre los 750€ para infracciones leves y hasta 3.000€ para casos muy graves, según la Ordenanza de Terrazas vigente. Además de la multa económica, el Ayuntamiento puede ordenar la retirada inmediata del mobiliario y la revocación temporal o definitiva de la licencia de apertura del local.

La gestión del espacio público es una prioridad normativa, y enfrentarse a una sancion terraza irregular madrid es uno de los mayores temores de los hosteleros en la capital. Instalar mesas sin el permiso correspondiente, exceder el aforo autorizado o incumplir los horarios establecidos no solo conlleva multas económicas severas, sino que pone en riesgo la viabilidad completa del negocio. En un contexto donde las inspecciones son constantes, conocer la normativa y mantener los permisos al día es fundamental para cualquier bar, restaurante o cafetería.

¿Qué se considera una terraza irregular en Madrid?

Una terraza se considera irregular cuando carece de la preceptiva autorización municipal en vigor, ocupa más superficie de la permitida o incumple las condiciones técnicas y acústicas aprobadas en su licencia. Cualquier desviación respecto al plano sellado por el Ayuntamiento constituye una infracción administrativa.

El Ayuntamiento de Madrid, a través de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, establece criterios muy estrictos sobre cómo debe ocuparse la vía pública. Las situaciones más comunes que derivan en un expediente sancionador incluyen:

  • Carencia de autorización: Instalar mesas, sillas o barriles en la calle sin haber obtenido previamente la resolución favorable de la Junta Municipal de Distrito.
  • Exceso de ocupación: Colocar más veladores (conjunto de mesa y sillas) de los autorizados, o expandir la zona de la terraza más allá del perímetro concedido.
  • Incumplimiento de accesibilidad: No respetar el itinerario peatonal accesible, que según el CTE DB-SUA y la normativa local debe ser de al menos 2,50 metros libres de obstáculos.
  • Elementos no autorizados: Instalar estufas, jardineras, paravientos o cerramientos que no constan explícitamente en el proyecto técnico aprobado.
  • Horarios y ruido: Superar el horario de cierre establecido o incumplir las normativas de la Ordenanza 4/2021 de Calidad del Aire y Sostenibilidad respecto a la contaminación acústica.
Madrid outdoor cafe terrace with tables and chairs in a sunny plaza
Madrid outdoor cafe terrace with tables and chairs in a sunny plaza

¿A cuánto asciende la sanción económica por una terraza irregular?

Las multas por irregularidades en terrazas en la capital varían entre los 750€ y los 3.000€, dependiendo de la gravedad de la infracción, la reincidencia y el impacto generado en el entorno. Estas cuantías se rigen por el régimen sancionador de la ordenanza municipal.

Para aportar claridad, a continuación detallamos la clasificación de las sanciones y sus importes correspondientes según las actualizaciones normativas para el periodo actual y las previsiones para 2026:

Gravedad de la Infracción Importe de la Multa (€) Ejemplos Comunes en Madrid
Leve Hasta 750€ Exceso de ocupación menor al 10%, falta de exhibición del plano autorizado, pequeños desajustes en la disposición del mobiliario.
Grave De 751€ a 1.500€ Instalar terraza sin licencia, exceso de ocupación superior al 10%, instalación de estufas no autorizadas, molestias vecinales comprobadas.
Muy Grave De 1.501€ a 3.000€ Obstrucción grave del paso peatonal (riesgo para la seguridad), desobediencia a la Policía Municipal, reincidencia en faltas graves.

Es importante destacar que, en casos extremos donde se vulnere la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) por problemas graves de seguridad o aforo, las sanciones pueden derivar en expedientes mucho más cuantiosos.

¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en notificar la infracción?

El Ayuntamiento suele notificar el inicio del expediente sancionador en un plazo de entre 15 y 45 días hábiles tras el levantamiento del acta de inspección por parte de la Policía Municipal o los técnicos del distrito.

El proceso comienza en el momento en que los agentes detectan la irregularidad. Levantan un acta que se remite a la Junta Municipal de Distrito correspondiente. Una vez que el departamento jurídico evalúa el acta, se emite la notificación de inicio del expediente sancionador al titular de la actividad. A partir de la recepción de esta notificación, el hostelero dispone de un plazo legal (habitualmente de 15 días hábiles) para presentar alegaciones o aportar pruebas en su defensa. Si decides solicitar un estudio de viabilidad gratuito con nuestro equipo, podemos asesorarte sobre la situación legal de tu espacio antes de que lleguen las inspecciones.

¿Qué riesgos hay además de la multa económica?

El mayor riesgo para el negocio no es la multa económica, sino las medidas cautelares que incluyen la retirada del mobiliario, la suspensión temporal de la actividad y la imposibilidad de solicitar una nueva terraza en un plazo de hasta dos años.

Las consecuencias administrativas pueden ser devastadoras para la facturación de un local de hostelería. Entre los riesgos adicionales a la sanción pecuniaria destacan:

  • Decomiso del mobiliario: La Policía Municipal puede ordenar la retirada inmediata de mesas, sillas y estufas, cuyos gastos de transporte y almacenaje en dependencias municipales correrán a cargo del infractor.
  • Revocación de la licencia: En casos de infracciones muy graves o reincidencia, el Ayuntamiento puede revocar la autorización de la terraza de forma definitiva.
  • Cierre del local: Si la infracción de la terraza está ligada a un exceso de aforo global o a un problema grave de ruidos, la sanción puede extenderse a la licencia de funcionamiento del local, ordenando su clausura temporal.
Architect reviewing blueprints and technical drawings for a restaurant layout on a desk
Architect reviewing blueprints and technical drawings for a restaurant layout on a desk

¿Cuánto cuesta legalizar una terraza de hostelería?

Los honorarios técnicos para redactar el proyecto de una terraza convencional oscilan entre los 450€ y 850€, a lo que hay que sumar las tasas municipales anuales por ocupación de la vía pública, que dependen de la categoría fiscal de la calle.

Legalizar una terraza es una inversión mínima comparada con las sanciones a las que se expone un negocio. El coste se divide en dos partidas principales:

  1. Honorarios del arquitecto: Incluyen la medición, el levantamiento de planos, la memoria descriptiva justificando el cumplimiento del CTE DB-SUA (accesibilidad) y la tramitación ante el Ayuntamiento. Suelen rondar los 450-850€ + IVA, dependiendo de la complejidad y si incluye elementos fijos o cerramientos.
  2. Tasas Municipales: Se abonan anualmente al Ayuntamiento de Madrid. El importe exacto se calcula multiplicando los metros cuadrados ocupados por un coeficiente que depende de la categoría de la calle (del 1 al 9 en Madrid) y el periodo de instalación (anual o de temporada).

¿Qué alternativas existen si me deniegan el permiso de terraza?

Si la acera no cumple el ancho mínimo exigido o el local se encuentra en una Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE), las alternativas pasan por reformar el local para integrar el espacio exterior o adaptar el modelo de negocio.

No todas las calles de Madrid permiten la instalación de terrazas. Si tras un estudio de viabilidad se determina que tu local no cumple los requisitos, existen opciones arquitectónicas y de negocio:

  • Retranqueo de fachada: Mediante un proyecto de reforma, es posible retrasar la línea de cerramiento del local, creando un espacio de terraza en suelo privado pero abierto a la calle. Requiere licencia de obras y cumplir con la edificabilidad del PGOU de 1997.
  • Apertura de grandes huecos: Modificar la fachada para instalar ventanales de apertura total que conecten el interior del local con el exterior, dando sensación de terraza sin ocupar la vía pública.
  • Zonas de espera y Take Away: Adaptar la licencia de actividad para incluir un mostrador de venta a la calle, fomentando el consumo itinerante si la normativa de la zona lo permite.

¿Cómo tramitar o regularizar la autorización de terraza paso a paso?

Para regularizar la situación debes presentar una solicitud formal a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, adjuntando un proyecto técnico firmado por un arquitecto que garantice el cumplimiento de las normativas de accesibilidad y seguridad.

El proceso debe ser riguroso para evitar requerimientos que retrasen la concesión. Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Estudio previo: Un técnico competente visita el local, mide el ancho de la acera, localiza el mobiliario urbano (farolas, papeleras, alcorques) y comprueba que queda un paso libre de 2,50 metros.
  2. Redacción del proyecto: Se elaboran los planos a escala exigidos por la ordenanza, detallando la ubicación exacta de cada mesa, silla y elemento delimitador.
  3. Presentación telemática: Se abonan las tasas correspondientes y se registra la documentación técnica en la Junta Municipal de Distrito.
  4. Resolución: Tras la revisión por parte de los técnicos municipales, se emite la resolución de autorización y se entrega el plano oficial que deberá estar siempre visible en el local.

Preguntas frecuentes sobre normativas de terrazas

A continuación, respondemos a las dudas más habituales que nos plantean nuestros clientes en el estudio respecto a la ocupación de la vía pública.

¿Puedo poner estufas en mi terraza si ya tengo licencia de mesas?

No automáticamente. La instalación de elementos calefactores debe estar contemplada y aprobada específicamente en tu autorización de terraza. Además, el Ayuntamiento de Madrid está restringiendo progresivamente las estufas de gas en favor de las eléctricas por motivos de sostenibilidad.

¿Qué pasa si un vecino denuncia mi terraza por ruido?

La Policía Municipal acudirá a realizar una medición sonométrica. Si los niveles superan los límites establecidos en la Ordenanza 4/2021 de Calidad del Aire, se iniciará un expediente sancionador que puede derivar en multas graves y la reducción del horario de la terraza.

¿Es legal adosar la terraza a la fachada del local?

Por norma general en Madrid, la terraza debe situarse junto al bordillo de la calzada, dejando el itinerario peatonal accesible pegado a la fachada para facilitar el tránsito de personas con discapacidad visual. Solo se permite adosada a la fachada en casos excepcionales justificados.

¿Si pago la multa puedo dejar la terraza puesta?

En absoluto. El pago de la sanción económica no legaliza la situación. Si mantienes la terraza sin autorización tras haber sido sancionado, incurrirás en una falta de desobediencia y reincidencia, lo que agravará la multa y provocará la retirada forzosa del mobiliario.

¿Las terrazas en bandas de aparcamiento siguen permitidas?

Las terrazas en bandas de estacionamiento (creadas durante la pandemia) han sido objeto de regulaciones específicas. Actualmente, solo se mantienen aquellas que han sido consolidadas y han superado los estrictos requisitos de seguridad vial y delimitación exigidos por la nueva normativa.

¿Cuánto tiempo dura la autorización de una terraza?

Las autorizaciones se conceden generalmente por periodos anuales (del 1 de enero al 31 de diciembre) o por periodos estacionales (del 15 de marzo al 31 de octubre). En ambos casos, deben renovarse periódicamente abonando las tasas correspondientes.

¿Puedo traspasar la licencia de terraza si vendo el bar?

Sí, la autorización de la terraza está vinculada a la licencia de funcionamiento del establecimiento. Si realizas un cambio de titularidad de la actividad, la autorización de la terraza se subrogará al nuevo titular, siempre que no se modifiquen las condiciones aprobadas.

Este artículo tiene carácter informativo. Para tramitar tu licencia o proyecto consulta con un arquitecto colegiado COAM.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo poner barriles altos sin taburetes sin pedir licencia en Madrid?

No. Cualquier elemento que ocupe la vía pública y esté destinado al servicio de la actividad hostelera, incluidos los barriles altos para consumo de pie, requiere autorización municipal expresa. De lo contrario, se considera una ocupación irregular del dominio público.

¿Es obligatorio instalar un toldo para que me den la licencia de terraza?

No es obligatorio. Puedes solicitar una licencia únicamente para mesas y sillas (veladores). Sin embargo, si decides instalar un toldo, sombrillas ancladas o cualquier elemento de cubrición, este debe incluirse en el proyecto técnico y ser aprobado por el Ayuntamiento.

¿Qué ocurre si un cliente saca su propia silla o bebida a la calle?

La responsabilidad administrativa recae siempre sobre el titular de la licencia de actividad. Si los clientes consumen en la calle sin que exista una terraza autorizada, el local puede ser sancionado por permitir el consumo en la vía pública fuera de las zonas habilitadas.

¿Pueden quitarme la licencia del bar por culpa de la terraza?

Sí. En casos de infracciones muy graves y reiteradas, especialmente aquellas que afectan a la seguridad, el exceso de aforo o la contaminación acústica severa, el Ayuntamiento puede ordenar la suspensión temporal o la revocación definitiva de la licencia de funcionamiento del local.

¿Aplica la misma normativa de terrazas en todos los distritos de Madrid?

La Ordenanza de Terrazas es de aplicación en todo el municipio de Madrid. Sin embargo, existen Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE) en distritos como Centro, Chamberí o Tetuán, donde aplican restricciones adicionales mucho más severas en cuanto a horarios de cierre y concesión de nuevas licencias.

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📚 Fuentes oficiales y normativa

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Sobre la autora

Lucía López — Arquitecta colegiada COAM

Socia fundadora de estudio LBA, especializada en licencias de apertura, cambios de uso y todo tipo de proyectos de arquitectura en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por Lucía López — Arquitecta colegiada COAM · estudio LBA · 18/06/2026