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Nueva Ordenanza 7/2025 de Terrazas de Madrid: qué cambia

Madrid street cafe terrace
📌 En resumen: Descubre los requisitos, precios y plazos para adaptar o solicitar tu velador bajo la nueva Ordenanza 7/2025 de Terrazas de Madrid. Evita sanciones y asegura la viabilidad de tu negocio de hostelería.

En resumen: La nueva ordenanza 7 2025 terrazas madrid introduce restricciones más estrictas de accesibilidad, horarios y mobiliario para los locales de hostelería. Exige dejar un ancho libre de paso peatonal superior, prohíbe ciertos elementos fijos y requiere una adaptación obligatoria del mobiliario antes de 2026 bajo riesgo de sanciones que superan los 3.000€.

Para los titulares de actividades de hostelería, adaptar sus veladores a la nueva ordenanza 7 2025 terrazas madrid es una prioridad técnica y legal ineludible. Como arquitecto colegiado COAM con más de 15 años de experiencia y habiendo tramitado más de 807 licencias de apertura en estudio LBA, he analizado en detalle este nuevo marco regulatorio. El Ayuntamiento de Madrid busca equilibrar el descanso vecinal con la actividad económica, modificando los criterios técnicos, acústicos y espaciales que rigen la ocupación del espacio público.

La tramitación de este tipo de autorizaciones ha dejado de ser un mero trámite administrativo para convertirse en un proyecto técnico riguroso. Requiere un profundo conocimiento del entorno urbano, del planeamiento vigente y de las normativas de accesibilidad universal. A continuación, desglosamos los puntos críticos de la normativa para garantizar la viabilidad de tu instalación.

¿Qué cambia con la nueva ordenanza de terrazas en Madrid?

La nueva normativa endurece los requisitos acústicos, amplía las distancias de paso peatonal y elimina definitivamente las autorizaciones excepcionales en bandas de aparcamiento. Además, obliga a renovar el mobiliario para cumplir criterios de impacto visual unificados en todos los distritos de la capital.

El cambio normativo se articula en torno a la protección del peatón y la reducción del impacto ambiental. Históricamente, las autorizaciones se regían por normativas más laxas, pero la integración con la Ordenanza 6/2022 OLDRUAM y el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU Madrid 1997) exige ahora una planimetría de alta precisión. Las principales modificaciones afectan a:

  • Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE): Se reducen los horarios de funcionamiento y el número máximo de mesas permitidas en distritos como Centro, Chamberí y Salamanca.
  • Elementos de climatización: Queda terminantemente prohibido el uso de estufas de gas o combustión, permitiéndose únicamente sistemas eléctricos homologados de baja emisión.
  • Mobiliario adosado a fachada: Se establecen nuevas distancias mínimas para garantizar el tránsito de personas con movilidad reducida (PMR) y el acceso de vehículos de emergencia.
  • Eliminación de estructuras fijas: Los cerramientos anclados al pavimento requerirán una justificación técnica exhaustiva y, en la mayoría de los casos, deberán ser sustituidos por paramentos móviles.

Madrid street cafe terrace with people
Madrid street cafe terrace with people

¿Cuáles son los requisitos obligatorios para instalar una terraza?

Para obtener la autorización, la acera debe tener una anchura mínima, garantizar un itinerario peatonal accesible sin obstáculos y cumplir con las distancias de seguridad a pasos de cebra, paradas de autobús y accesos a viviendas o locales colindantes.

El cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SUA) es innegociable. El Ayuntamiento realiza inspecciones topográficas rigurosas para validar las cotas presentadas en el proyecto técnico. Cualquier desviación entre el plano y la realidad física de la calle supone la denegación automática del expediente.

Tabla comparativa de requisitos técnicos de ocupación (Datos 2026)
Parámetro Técnico Exigencia Normativa Anterior Exigencia Nueva Ordenanza
Ancho mínimo de acera 2,50 metros 3,00 metros (salvo excepciones justificadas)
Itinerario peatonal libre 1,50 metros 1,80 metros (alineado y sin quiebros)
Distancia a pasos de peatones 1,00 metro 2,00 metros desde el límite visual
Distancia a paradas de autobús 1,50 metros 3,00 metros desde la marquesina

¿Cuánto cuesta tramitar la licencia de una terraza de hostelería?

El coste total oscila entre los 600€ y los 1.500€, dependiendo de la superficie a ocupar, la complejidad del proyecto técnico y las tasas por utilización privativa del dominio público vigentes en el Ayuntamiento de Madrid.

Es fundamental separar los honorarios profesionales de los tributos municipales. Un proyecto técnico redactado por un arquitecto colegiado, que incluye levantamiento de planos, memoria justificativa y tramitación, suele tener unos honorarios de entre 450€ y 900€ (más IVA). A esto hay que sumar la tasa municipal anual, cuyo importe varía drásticamente según la categoría fiscal de la calle donde se ubique el local (pudiendo ir desde los 40€/m² hasta más de 120€/m² al año en vías de primera categoría).

Si deseas conocer la viabilidad real de tu espacio antes de realizar ninguna inversión, solicita un estudio de viabilidad gratuito a nuestro equipo técnico. Analizaremos las cotas de tu acera y la normativa de tu distrito sin compromiso.

¿Cuánto tarda el Ayuntamiento de Madrid en conceder la autorización?

El plazo medio de resolución administrativa se sitúa entre los 2 y los 4 meses desde la presentación de la solicitud por registro, siempre que la documentación técnica esté completa y no requiera requerimientos de subsanación.

El procedimiento comienza con la presentación telemática del proyecto. Posteriormente, los técnicos de la Junta Municipal de Distrito revisan la planimetría y emiten un informe favorable o un requerimiento de deficiencias. Es vital destacar que en las licencias de terrazas opera el silencio administrativo negativo; es decir, si el Ayuntamiento no contesta en plazo, la solicitud se entiende desestimada. Por ello, la precisión del proyecto inicial es crítica para evitar retrasos que puedan hacerte perder la temporada alta de hostelería.

architect blueprints on table with measuring tools
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¿Qué riesgos hay si instalo la terraza sin licencia o incumplo la normativa?

Instalar veladores sin autorización o exceder el aforo permitido conlleva multas económicas severas, la retirada inmediata del mobiliario por parte de la Policía Municipal y la posible revocación de la licencia de apertura del local.

El régimen sancionador se rige por la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, apoyado en las ordenanzas municipales. Las inspecciones son constantes, especialmente en zonas tensionadas y durante los fines de semana. Las infracciones se clasifican y penalizan de la siguiente manera:

  • Infracciones leves (hasta 750€): Apilar el mobiliario en la vía pública fuera del horario permitido o no exhibir el plano de autorización en un lugar visible del local.
  • Infracciones graves (751€ a 1.500€): Ocupar una superficie mayor a la autorizada en los planos, o instalar elementos de sombra (sombrillas, toldos) no contemplados en el proyecto técnico.
  • Infracciones muy graves (1.501€ a 3.000€ o más): Instalar la terraza sin ningún tipo de licencia, anclar elementos fijos al pavimento sin permiso, o incumplir reiteradamente los horarios de cierre en Zonas de Protección Acústica Especial.

¿Qué alternativas existen si mi local no cumple las distancias mínimas?

Si el ancho de acera es insuficiente, el titular puede solicitar la instalación en calles peatonales aledañas, plazas cercanas o estudiar la viabilidad de retranquear la fachada del propio local mediante una reforma estructural.

Cuando la vía pública no ofrece las dimensiones exigidas por el CTE DB-SUA, no todo está perdido. Una opción técnica es la creación de una terraza integrada dentro de la propia parcela del local. Esto implica modificar la fachada (retranqueo), lo cual requiere tramitar una licencia de Obra Mayor según la OLDRUAM. Aunque la inversión inicial en la reforma (que suele oscilar entre los 300€ y 600€/m²) es mayor, garantiza un espacio privativo al aire libre que revaloriza el negocio y exime del pago de tasas por ocupación de vía pública a largo plazo.

Madrid bar interior with bar counter
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Preguntas frecuentes sobre la normativa de terrazas en Madrid

A continuación, resolvemos las dudas más habituales que nos plantean los hosteleros en nuestro estudio de arquitectura al adaptar sus negocios a las exigencias municipales de la capital.

¿Puedo mantener las estufas de gas en mi terraza?

No. La nueva normativa medioambiental del Ayuntamiento de Madrid prohíbe expresamente los sistemas de calefacción por combustión (gas, leña, pellets) en el espacio público. Solo se permiten emisores térmicos eléctricos homologados y de bajo consumo, que deben estar debidamente reflejados en la memoria técnica y contar con un boletín eléctrico en regla.

¿Es obligatorio recoger el mobiliario todos los días?

Sí, como norma general, las mesas, sillas y elementos delimitadores deben ser retirados de la vía pública al finalizar el horario de apertura y almacenados en el interior del local. Dejar el mobiliario apilado en la calle y encadenado al mobiliario urbano es motivo de sanción inmediata.

¿Qué ocurre con las terrazas en bandas de aparcamiento?

Las autorizaciones excepcionales concedidas durante la pandemia para ocupar plazas de aparcamiento han sido revocadas. La nueva ordenanza exige que todas las terrazas vuelvan a su ubicación natural en la acera, siempre que se cumplan las distancias mínimas, o desaparezcan definitivamente.

¿Puedo poner música o pantallas de televisión en la terraza?

Está totalmente prohibido. La normativa de Calidad del Aire y Protección contra la Contaminación Acústica de Madrid impide la instalación de altavoces, pantallas audiovisuales o actuaciones en directo en los veladores al aire libre, con el objetivo de garantizar el descanso vecinal.

¿Necesito un proyecto firmado por arquitecto para solicitar la terraza?

Sí. El Ayuntamiento exige un plano a escala acotado, indicando el mobiliario, el arbolado, el mobiliario urbano existente y los anchos de paso, acompañado de una memoria descriptiva. Este documento debe estar redactado y firmado por un técnico competente (arquitecto o ingeniero).

¿Las licencias de terraza se renuevan automáticamente?

Sí, la renovación anual suele ser automática mediante el pago de la tasa correspondiente, siempre y cuando no se hayan modificado las condiciones originales de la autorización, no haya expedientes sancionadores abiertos y la normativa urbanística del distrito no haya sufrido alteraciones restrictivas.

Este artículo tiene carácter informativo. Para tramitar tu licencia o proyecto consulta con un arquitecto colegiado COAM.

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Preguntas frecuentes

¿Qué cambia con la nueva ordenanza 7 2025 terrazas madrid?

Endurece los requisitos acústicos, amplía a 1,80m el paso peatonal libre, prohíbe las estufas de gas y obliga a unificar el impacto visual del mobiliario antes de 2026.

¿Cuánto cuesta la licencia de terraza en Madrid?

El coste oscila entre 600€ y 1.500€, sumando los honorarios del proyecto técnico (450€-900€) y las tasas municipales que varían según la categoría de la calle.

¿Cuánto tiempo tarda el Ayuntamiento en dar la licencia?

El plazo medio es de 2 a 4 meses. Opera el silencio administrativo negativo, por lo que si no hay respuesta, la solicitud se considera denegada.

¿Cuál es la multa por poner una terraza sin licencia en Madrid?

Las sanciones por instalar veladores sin autorización o exceder el aforo se consideran infracciones muy graves y conllevan multas de entre 1.501€ y 3.000€, además de la retirada del mobiliario.

¿Se pueden dejar las mesas encadenadas en la calle por la noche?

No, es obligatorio retirar todo el mobiliario al interior del local al finalizar el horario de apertura. Dejarlo apilado en la vía pública conlleva sanciones leves de hasta 750€.

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📚 Fuentes oficiales y normativa

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Sobre la autora

Lucía López — Arquitecta colegiada COAM

Socia fundadora de estudio LBA, especializada en licencias de apertura, cambios de uso y todo tipo de proyectos de arquitectura en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por Lucía López — Arquitecta colegiada COAM · estudio LBA · 10/06/2026