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¿Cuánto cuesta una ITE en Madrid en 2026?

architect inspecting building facade
📌 En resumen: Descubre cuánto cuesta una ITE en Madrid en 2026. Conoce los precios actualizados, plazos de tramitación, posibles multas por retraso y las diferencias clave con el IEE. Evita sanciones y asegura tu edificio con arquitectos colegiados.

En resumen: Saber cuanto cuesta ite madrid en 2026 depende del tamaño del inmueble. Para una vivienda unifamiliar, el precio oscila entre 150€ y 250€, mientras que para un edificio residencial medio de 10 a 20 viviendas, el coste varía entre 400€ y 800€ más IVA. Las multas por no presentarla superan los 1.000€.

El parque inmobiliario madrileño envejece y las exigencias normativas se actualizan constantemente para garantizar la seguridad ciudadana. Si tu edificio cumple medio siglo de vida, es muy probable que te estés preguntando cuanto cuesta ite madrid para cumplir con los requerimientos del Ayuntamiento sin pagar de más. Como arquitectos colegiados en el COAM con más de 15 años de experiencia y más de 625 inspecciones realizadas desde estudio LBA, conocemos de primera mano la realidad de los honorarios técnicos y los trámites actuales en la capital.

¿Cuánto cuesta una ITE en Madrid en 2026?

El coste de una Inspección Técnica de Edificios en la capital no está regulado por tarifas oficiales, pero en 2026 los honorarios de mercado se sitúan entre los 150€ para inmuebles muy pequeños y los 1.200€ para grandes bloques de viviendas. Este importe incluye la visita técnica, la redacción del informe y el registro telemático en el Ayuntamiento de Madrid.

Para darte una visión clara y transparente, en estudio LBA hemos recopilado los rangos de precios habituales que vas a encontrar en el mercado profesional madrileño durante este año. Es importante recordar que estos honorarios son orientativos y siempre deben incrementarse con el 21% de IVA correspondiente.

Tipo de Edificio Rango de Precios (Honorarios + IVA)
Vivienda unifamiliar / Chalet 150€ - 250€
Edificio pequeño (hasta 5 viviendas) 250€ - 400€
Edificio mediano (6 a 20 viviendas) 400€ - 800€
Edificio grande (más de 20 viviendas) 800€ - 1.200€
Nave industrial o edificio terciario 300€ - 600€

Estos precios asumen que la comunidad de propietarios o el propietario único facilita el acceso a las viviendas y locales necesarios en una única jornada de visita. Si se requieren múltiples desplazamientos por falta de coordinación, los técnicos suelen aplicar suplementos tarifarios.

¿Qué factores influyen en el precio exacto de la inspección?

El presupuesto final de una ITE varía fundamentalmente según la superficie total construida, el número de fincas registrales y la complejidad geométrica de las cubiertas y fachadas. A mayor tamaño, antigüedad y dificultad de acceso a las instalaciones, mayores serán los honorarios técnicos requeridos.

Al solicitar un presupuesto cerrado, un arquitecto evaluará varios elementos clave de tu inmueble. Los principales factores que encarecen o abaratan la inspección son:

  • Superficie construida total: No es lo mismo inspeccionar un bloque de 500 m² que uno de 3.000 m². El técnico debe recorrer zonas comunes, cubiertas, cuartos de instalaciones y una muestra representativa de viviendas.
  • Complejidad arquitectónica: Edificios con múltiples patios interiores, cornisas de difícil acceso, sótanos profundos o estructuras singulares requieren más horas de inspección ocular.
  • Antigüedad y estado aparente: Si el edificio presenta patologías visibles graves desde la calle, el arquitecto sabe que la toma de datos será exhaustiva y la redacción del informe desfavorable requerirá mayor detalle técnico.
  • Documentación disponible: Disponer de los planos originales o de proyectos de reforma previos agiliza enormemente el trabajo del inspector.

Architect inspecting a brick building facade in Madrid
Architect inspecting a brick building facade in Madrid

¿Cuánto tarda en tramitarse una ITE desde que se contrata?

El proceso completo suele tardar entre 7 y 15 días hábiles desde la aceptación del presupuesto hasta la obtención del justificante de registro en el Ayuntamiento. La inspección presencial requiere apenas unas horas, pero el volcado de datos, el análisis de patologías y la tramitación telemática llevan su tiempo.

En estudio LBA solemos estructurar el cronograma de la siguiente manera para garantizar la máxima eficacia:

  1. Fase de visita (1-2 días): Acudimos al inmueble en la fecha acordada. Revisamos el estado de la estructura y cimentación (CTE DB-SE), fachadas, cubiertas, redes de fontanería y saneamiento (CTE DB-HS), y elementos de accesibilidad (CTE DB-SUA).
  2. Redacción del informe (3-5 días): En el estudio, analizamos las fotografías, clasificamos las deficiencias (leves, graves o muy graves) y redactamos el acta oficial.
  3. Firma y registro (1-2 días): Una vez visado o firmado digitalmente, presentamos el expediente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid y entregamos el justificante con el número de anotación a la comunidad.

¿Qué riesgos hay si no presento la ITE a tiempo?

No presentar la ITE en el año que corresponde conlleva sanciones económicas directas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid, que oscilan entre los 1.000€ y los 3.000€ en su primera notificación coercitiva. Además, en caso de siniestro, la comunidad de propietarios asume toda la responsabilidad civil y penal derivada del mal estado del edificio.

Según la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones del Ayuntamiento de Madrid y la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, los propietarios tienen el deber de conservación. Si el Ayuntamiento detecta mediante cruce de datos que tu edificio ha cumplido 50 años y no consta la ITE registrada, iniciará un expediente disciplinario.

Las multas coercitivas son reiterativas. Esto significa que si pagas la multa de 1.000€ pero sigues sin presentar el informe, a los pocos meses recibirás una segunda sanción de 2.000€, y así sucesivamente hasta que regularices la situación. En casos extremos de abandono, el consistorio puede ordenar una ejecución subsidiaria, realizando la inspección de oficio y pasando la factura (con recargos) a los propietarios.

¿Qué alternativas existen si el resultado de la ITE es desfavorable?

Cuando la ITE resulta desfavorable, la única alternativa legal es solicitar la correspondiente licencia urbanística, ejecutar las obras de subsanación y presentar posteriormente un certificado de idoneidad. No es posible cambiar de arquitecto para obtener un informe favorable sin haber reparado los daños estructurales o de salubridad.

Un informe desfavorable no es el fin del mundo, sino una hoja de ruta para alargar la vida útil de tu patrimonio. El acta indicará qué medidas de seguridad inmediatas hay que tomar (por ejemplo, colocar una red en la fachada si hay riesgo de desprendimientos) y qué plazo otorga el Ayuntamiento para iniciar las obras de reparación.

Si las deficiencias detectadas son graves, afectan a la estructura principal y requieren una intervención integral, puedes solicitar tu proyecto de obra nueva o de reforma estructural a nuestro equipo. Redactaremos el proyecto técnico necesario para obtener la licencia al amparo de la OLDRUAM (Ordenanza 6/2022) y dirigiremos la obra hasta la emisión del certificado final y el acta de idoneidad que cerrará el expediente de la ITE en el Ayuntamiento.

¿Es lo mismo la ITE que el IEE (Informe de Evaluación de los Edificios)?

No son lo mismo, aunque están estrechamente relacionados. Mientras la ITE se centra exclusivamente en el estado de conservación general y la seguridad estructural, el IEE añade dos anexos obligatorios: la evaluación de las condiciones de accesibilidad universal y el certificado de eficiencia energética del inmueble.

De acuerdo con el Decreto 24/2023 de la Comunidad de Madrid, el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) es el documento que ha ido sustituyendo progresivamente a la ITE tradicional en muchos supuestos. Estás obligado a tramitar un IEE en lugar de una ITE simple si:

  • Tu edificio va a solicitar ayudas o subvenciones públicas para obras de rehabilitación, accesibilidad (instalación de ascensor) o mejora energética.
  • El Ayuntamiento de Madrid te lo requiere específicamente mediante notificación oficial por estar en un área de rehabilitación preferente.

El coste de un IEE es superior al de una ITE, oscilando entre los 600€ y 1.500€ para un bloque medio, dado que requiere la toma de datos térmicos, mediciones de accesibilidad según el DB-SUA y el registro en la plataforma autonómica específica, además de la municipal.

Architect holding blueprints and tablet examining building structure
Architect holding blueprints and tablet examining building structure

Preguntas frecuentes sobre la Inspección Técnica de Edificios

A lo largo de nuestros más de 15 años de experiencia en el estudio LBA, hemos resuelto multitud de dudas a presidentes de comunidades y administradores de fincas. Aquí recopilamos las más habituales:

¿Cada cuántos años se pasa la ITE en Madrid?

La primera inspección es obligatoria el año en que el edificio cumple 50 años desde su construcción o desde su última rehabilitación integral. Una vez pasada esta primera revisión, las siguientes inspecciones deben realizarse de forma periódica cada 10 años, independientemente de si el resultado anterior fue favorable o desfavorable.

¿Quién está obligado a pagar la inspección?

El coste de la ITE recae íntegramente sobre la propiedad del inmueble. En el caso de edificios residenciales colectivos, es la Comunidad de Propietarios la que debe asumir el gasto, repartiendo la derrama según la cuota de participación de cada vecino establecida en los estatutos o en la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Puede un aparejador o arquitecto técnico firmar la ITE?

Sí. La Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE) establece que tanto los arquitectos como los aparejadores (arquitectos técnicos o ingenieros de edificación) tienen competencia legal para redactar y firmar Inspecciones Técnicas de Edificios de uso residencial.

¿Qué elementos se revisan exactamente durante la visita?

El técnico inspecciona de forma visual el estado de la estructura y cimentación, las fachadas (interiores y exteriores), las medianerías, las cubiertas y azoteas, y las redes generales de fontanería y saneamiento. No se revisan las instalaciones eléctricas privadas, decoración o acabados interiores que no afecten a la habitabilidad o seguridad del bloque.

¿Hay que entrar obligatoriamente en las viviendas de los vecinos?

Sí, es estrictamente necesario. El arquitecto necesita acceder a un porcentaje representativo de las viviendas y locales comerciales (habitualmente entre el 20% y el 30%, incluyendo siempre los áticos y bajos) para comprobar la ausencia de humedades, grietas estructurales o problemas en los forjados que no son visibles desde las zonas comunes.

¿Qué ocurre si un vecino se niega a dejar entrar al arquitecto?

Si un propietario obstruye la inspección negando el acceso a su vivienda, el técnico lo hará constar expresamente en el informe oficial. Si posteriormente aparece un daño estructural grave con origen en esa vivienda no inspeccionada, la responsabilidad legal recaerá directamente sobre ese propietario por negligencia y obstrucción.

Este artículo tiene carácter informativo. Para tramitar tu licencia o proyecto consulta con un arquitecto colegiado COAM.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio pasar la ITE en Madrid?

La primera ITE es obligatoria el año en que el edificio cumple 50 años desde su construcción. A partir de ese momento, la renovación del informe debe realizarse cada 10 años, según establece la normativa municipal de Madrid.

¿Puede el Ayuntamiento multarme si la ITE sale desfavorable?

No, el Ayuntamiento no multa por tener una ITE desfavorable, siempre y cuando presentes el informe a tiempo y solicites las licencias correspondientes para ejecutar las obras de reparación en los plazos indicados en el acta.

¿Qué porcentaje de viviendas debe inspeccionarse para que la ITE sea válida?

No hay un porcentaje fijo establecido por ley, pero el criterio técnico habitual exige acceder al menos al 25-30% de las fincas, siendo obligatorio inspeccionar los áticos (para ver bajo cubierta) y los bajos o sótanos (para evaluar cimentación y saneamiento).

¿Tiene IVA la factura de una Inspección Técnica de Edificios?

Sí, los honorarios profesionales por la redacción de una ITE o un IEE están sujetos al tipo general del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que actualmente es del 21%.

¿Cuánto dura la validez de una ITE favorable?

Una ITE con resultado favorable tiene una vigencia legal de 10 años desde la fecha de su presentación y registro en el Ayuntamiento. Transcurrido ese plazo, la comunidad deberá contratar una nueva inspección.

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📚 Fuentes oficiales y normativa

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Sobre la autora

Lucía López — Arquitecta colegiada COAM

Socia fundadora de estudio LBA, especializada en licencias de apertura, cambios de uso y todo tipo de proyectos de arquitectura en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por Lucía López — Arquitecta colegiada COAM · estudio LBA · 26/05/2026