Actualizado: abril 2026 · Por estudio LBA — Arquitectos colegiados COAM

Silencio administrativo en licencias urbanísticas en Madrid

El silencio administrativo es el mecanismo jurídico por el que, si el Ayuntamiento no responde a una solicitud de licencia en el plazo legal, la solicitud se entiende concedida (silencio positivo) o denegada (silencio negativo). En las licencias urbanísticas en Madrid, el plazo legal es de 1 mes y el silencio es, con carácter general, positivo, pero con importantes excepciones.

1. Base legal

  • Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (régimen general).
  • Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  • Ordenanza 6/2022 OLDRUAM del Ayuntamiento de Madrid.

2. Plazos para las licencias urbanísticas

TrámitePlazo legalSilencio
Licencia urbanística general1 mesPositivo (con excepciones)
Licencia de primera ocupación1 mesPositivo
Licencia de segregación/agrupación3 mesesPositivo
Declaración ResponsableN/A (no hay resolución)Actividad al día siguiente
Actividad Calificada (hostelería, gimnasios)3 mesesNegativo (en muchos casos)

3. ¿Cuándo el silencio NO es positivo?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que el silencio administrativo en licencias urbanísticas no puede ser contrario al planeamiento. Es decir, aunque pase el plazo legal:

  • Si la obra contraviene el PGOU, no hay silencio positivo.
  • Si la obra afecta al dominio público (zonas verdes, viales), no hay silencio positivo.
  • Si se requieren informes sectoriales (Comunidad de Madrid, Confederación Hidrográfica, Cultura), el plazo se interrumpe hasta obtenerlos.
  • Si el Ayuntamiento ha hecho un requerimiento de subsanación, el plazo también se interrumpe.

4. En la práctica: ¿cuánto tarda una licencia en Madrid?

Aunque el plazo legal sea de 1 mes, en la práctica:

  • Licencias sin complicaciones: 2-3 meses.
  • Licencias con requerimientos de subsanación: 4-6 meses.
  • Licencias con informes sectoriales: 6-12 meses.
  • Obra en edificio catalogado: 6-18 meses.

Muy pocos titulares utilizan el silencio positivo como base para iniciar las obras, ya que asumir que "han pasado el mes" puede llevar a un expediente sancionador si más tarde el Ayuntamiento deniega.

5. ¿Cómo acreditar el silencio positivo?

Si el plazo pasa y entiendes que la licencia está concedida por silencio, puedes solicitar al Ayuntamiento un certificado de actos presuntos, regulado en el artículo 24 de la Ley 39/2015. Es el documento oficial que acredita el silencio positivo y que permite, por ejemplo, escriturar una obra nueva ante notario o dar de alta suministros.

6. Consejo práctico

No confíes en el silencio administrativo como estrategia. Es preferible:

  • Presentar un expediente bien documentado y con todos los informes previos.
  • Responder rápido a los requerimientos de subsanación.
  • Usar una ECU (Entidad Colaboradora Urbanística) para acelerar los trámites.
  • Cuando sea aplicable, tramitar por Declaración Responsable en vez de licencia.

¿Licencia bloqueada en el Ayuntamiento?

En estudio LBA gestionamos expedientes en curso, respondemos a los requerimientos de subsanación y, cuando procede, tramitamos certificados de silencio administrativo positivo.

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PB

Sobre el autor

Pablo Belmonte — Arquitecto colegiado COAM

Fundador de estudio LBA, especializado en licencias urbanísticas, cambios de uso e ITE en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.

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Artículo escrito por el equipo de estudio LBA — arquitectos colegiados COAM. Actualizado en abril de 2026.