Actualizado: abril 2026 · Por estudio LBA — Arquitectos colegiados COAM
Certificado energético en Madrid: precio, requisitos y cómo obtenerlo
El certificado energético es un documento obligatorio desde 2013 para vender o alquilar cualquier inmueble en España. En Madrid, el precio habitual para una vivienda oscila entre 90 y 200€ (incluido el registro en la Comunidad de Madrid). Su validez es de 10 años (o 5 si la calificación es G) y no tenerlo puede suponer sanciones de 300 a 6.000€.
1. ¿Qué es el certificado energético?
Es un documento oficial, firmado por un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero), que evalúa el consumo energético de un edificio o vivienda y le asigna una letra entre A (más eficiente) y G (menos eficiente). El cálculo se hace con programas oficiales reconocidos por el Ministerio para la Transición Ecológica: CE3X, CEX o HULC.
El certificado contiene la etiqueta energética, una memoria de las mediciones y cálculos realizados, y un listado de recomendaciones de mejora para subir la calificación (cambio de ventanas, aislamiento, caldera de condensación, etc.).
2. Normativa que lo regula
- Real Decreto 390/2021, de 1 de junio: regula el procedimiento básico para la certificación energética de edificios.
- Real Decreto 235/2013 (derogado parcialmente): base histórica del certificado.
- Directiva 2010/31/UE: directiva europea de eficiencia energética de edificios (refundida en la Directiva 2024/1275).
- En la Comunidad de Madrid, la gestión del registro la lleva la Dirección General de Transición Energética.
3. ¿Cuándo es obligatorio?
- Venta de vivienda, local u oficina: obligatorio desde el momento de publicar el anuncio. Debe entregarse al comprador.
- Alquiler de duración superior a 4 meses: obligatorio. Debe entregarse al inquilino.
- Edificios nuevos: obligatorio antes de obtener la licencia de primera ocupación.
- Reformas importantes: si la reforma afecta a más del 25% de la envolvente o cambia el uso del edificio, hay que actualizarlo.
- Edificios públicos con superficie superior a 250 m² que presten servicio al público.
4. ¿Cuándo NO es obligatorio?
- Edificios protegidos oficialmente por su valor histórico o arquitectónico (cuando cumplir pueda alterar su carácter).
- Edificios o partes de edificios utilizados como lugares de culto.
- Construcciones provisionales con plazo previsto de uso igual o inferior a 2 años.
- Edificios industriales, de la defensa o agrícolas no residenciales de baja demanda energética.
- Edificios aislados con superficie útil total inferior a 50 m².
- Alquileres de duración inferior a 4 meses al año.
5. Precio del certificado energético en Madrid
| Tipo de inmueble | Precio habitual |
|---|---|
| Vivienda hasta 60 m² | 90 - 110€ |
| Vivienda 60 - 100 m² | 100 - 140€ |
| Vivienda 100 - 150 m² | 130 - 180€ |
| Vivienda unifamiliar (más de 150 m²) | 180 - 300€ |
| Local comercial u oficina | 120 - 250€ |
| Edificio completo | Desde 400€ |
El precio incluye la tasa de registro en la Comunidad de Madrid (11,60€ por certificado según la orden de tasas vigente).
6. Proceso paso a paso
- Contratar al técnico certificador: debe ser arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.
- Visita técnica al inmueble (30-60 minutos): el técnico toma mediciones, fotografías, y datos de cerramientos, ventanas, instalaciones de calefacción, agua caliente y refrigeración.
- Cálculo con programa oficial (CE3X es el más utilizado para edificios existentes).
- Emisión del certificado: documento PDF con la etiqueta energética y las recomendaciones de mejora.
- Registro en la Comunidad de Madrid: obligatorio para que el certificado sea válido. Se presenta telemáticamente.
- Entrega al propietario: el certificado sellado y la etiqueta energética oficial.
7. Sanciones por no tenerlo
Las sanciones por incumplimiento están reguladas en la Ley 8/2013 de rehabilitación y varían según la gravedad:
| Tipo de infracción | Importe |
|---|---|
| Leves (no entregar etiqueta al comprador/inquilino, no incluirla en anuncios) | 300 - 600€ |
| Graves (publicitar sin calificación, falsear datos) | 601 - 1.000€ |
| Muy graves (actuar como certificador sin serlo, falsificar) | 1.001 - 6.000€ |
8. ¿Cómo mejorar la calificación?
La mayoría de viviendas antiguas en Madrid obtienen una calificación E, F o G. Las medidas más eficaces para subir la calificación son:
- Cambio de ventanas: a carpintería con rotura de puente térmico y vidrio bajo emisivo. Mejora 1-2 letras.
- Aislamiento térmico de fachada (SATE o trasdosado interior). Mejora 1-2 letras.
- Sustitución de caldera antigua por caldera de condensación o aerotermia. Mejora 1-2 letras.
- Instalación de placas solares fotovoltaicas. Puede mejorar incluso 3 letras.
- Aislamiento de cubierta (en áticos).
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el certificado energético, el comprador o el vendedor?
Lo paga siempre el vendedor (o arrendador). Es una obligación del propietario disponer del certificado antes de poner el inmueble en el mercado.
¿Se puede hacer el certificado sin visitar la vivienda?
No, nunca. La visita técnica es obligatoria. Un certificado hecho sin visita es nulo y puede dar lugar a sanciones al técnico y al propietario. Desconfía de ofertas del tipo "certificado energético por 30€ sin visita".
¿Cómo se registra en la Comunidad de Madrid?
El registro se hace telemáticamente a través del portal de la Dirección General de Transición Energética de la Comunidad de Madrid. El técnico se encarga de hacerlo directamente con su certificado digital.
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📚 Fuentes oficiales y normativa
- Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid — trámites urbanísticos y de actividad
- PGOU de Madrid 1997 (texto consolidado 2025) — Plan General de Ordenación Urbana
- Código Técnico de la Edificación (CTE) — Ministerio de Vivienda
- Inspección Técnica de Edificios — Comunidad de Madrid
- Certificación energética de edificios — MITECO
Sobre el autor
Pablo Belmonte — Arquitecto colegiado COAM
Fundador de estudio LBA, especializado en licencias urbanísticas, cambios de uso e ITE en Madrid. Más de 15 años redactando proyectos técnicos y tramitando expedientes ante el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid.
Artículo escrito por el equipo de estudio LBA — arquitectos colegiados COAM. Actualizado en abril de 2026.